Auto Supremo AS/1260/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1260/2017

Fecha: 04-Dic-2017

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Dentro de aquel esquema, se advierte que dentro del trámite inherente al proceso ordinario, el art. 432 del tantas veces citado Código de Familias y Procedimiento Familiar, hace viable el recurso de casación, es decir, a los casos o en los casos que se tramite un proceso ordinario inherente a las acciones desarrolladas en el art. 421 de la Ley N° 603, esto a contrario sensu de los otros tipos de procesos donde la norma no reconoce o en su caso no permite la procedencia de este recurso, debido a la naturaleza de la causa.
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del contexto de su recurso se advierte que este gira en torno a que se hubiera negado su Recurso de Casación con el errado argumento de que el presente proceso de reposición de partida de matrimonio es un proceso extraordinario previsto en el art. 434 inc. e) de la Ley N° 603, y que la demanda iniciada por la parte demandante seria como proceso ordinario de reposición de partida de matrimonio, y no demanda en proceso extraordinario la comprobación de matrimonio o de unión libre como erradamente sostienen el Tribunal Ad quem en el Auto que niega su concesión.
Por lo que, conforme a lo expuesto en el punto III.1, es menester analizar la viabilidad o no del presente recurso de Compulsa