El art
Con ese antecedente, expuestos que fueron los fundamentos del recurso de casación en el fondo, caben las siguientes consideraciones de orden legal:
El art. 35 y siguientes, 45-II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE), consagran la irrenunciabilidad de los derechos sociales imponiendo al Estado la obligación de defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia, para cubrir la vejez entre otras contingencias
El art. 35 y siguientes, 45-II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE), consagran la irrenunciabilidad de los derechos sociales imponiendo al Estado la obligación de defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia, para cubrir la vejez entre otras contingencias
- CONSIDERANDO I
- La Comisión de Reclamación del SENASIR, emitió la Resolución N° 153/15 de 05 de marzo
- El recurrente inicia los argumentos del recurso de casación en el fondo señalando que, lo
- La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el Recurso de Casación
- El art
- En cuanto a los argumentos para el recurso de casación en la forma, referidos a
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Firmado
