I.1.2. Auto de Vista
Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 0001761 de 20 de mayo de 2014 de fs. 48 a 50, resolvió desestimar la Renta de Viudedad solicitada por Bonifacia Marca Choque, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la resolución.
Interpuesto el recurso deg reclamación por Bonifacia Marca Choque Vda. De Salinas, mediante memorial de fs. 61 a 63, la Comisión de Reclamación del SENASIR, por Resolución Nº 734/2014 de 29 de septiembre de 2014 de fs. 69 a 72, confirmó la Resolución Nº 00001761 de 20 de mayo 2014 cursante de fs. 48 a 50 de obrados, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, por encontrarse conforme a los datos del expediente y normativa vigente.
I.1.2. Auto de Vista
Interpuesto el recurso deg reclamación por Bonifacia Marca Choque Vda. De Salinas, mediante memorial de fs. 61 a 63, la Comisión de Reclamación del SENASIR, por Resolución Nº 734/2014 de 29 de septiembre de 2014 de fs. 69 a 72, confirmó la Resolución Nº 00001761 de 20 de mayo 2014 cursante de fs. 48 a 50 de obrados, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, por encontrarse conforme a los datos del expediente y normativa vigente.
I.1.2. Auto de Vista
- Auto Supremo Nº 37/2017
- Sucre, 20 de febrero de 2017
- Expediente: SC-SA.SAII-PT-207/2016
- Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- I.1.1 Resoluciones administrativas del SENASIR
- I.1.2. Auto de Vista
- El mencionado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo planteado por el Servicio
- 1.3.1 Petitorio
- CONSIDERANDO II: FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- II
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
