I.1. Antecedentes
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 086/2017-RRC
Sucre, 20 de febrero de 2017
Expediente : Cochabamba 46/2016
Parte Acusadora : Tatiana del Rosario Saavedra Valdivieso
Parte Imputada : Nancy Patricia Altamirano Oropeza y otro
Delitos : Despojo y otro
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de mayo de 2016, cursante de fs. 192 a 197 vta., Karina Janneth Rivas Caba, en representación de la acusada Nancy Patricia Altamirano Oropeza, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 10 de febrero de 2016 de fs. 147 a 156, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, integrada por los Vocales Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzales Romero, dentro del proceso penal seguido por Tatiana del Rosario Saavedra Valdivieso contra la recurrente y Carlos Rafael Prado Altamirano, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Confianza y Despojo, previstos y sancionados por los arts. 346 y 351 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 086/2017-RRC
Sucre, 20 de febrero de 2017
Expediente : Cochabamba 46/2016
Parte Acusadora : Tatiana del Rosario Saavedra Valdivieso
Parte Imputada : Nancy Patricia Altamirano Oropeza y otro
Delitos : Despojo y otro
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de mayo de 2016, cursante de fs. 192 a 197 vta., Karina Janneth Rivas Caba, en representación de la acusada Nancy Patricia Altamirano Oropeza, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 10 de febrero de 2016 de fs. 147 a 156, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, integrada por los Vocales Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzales Romero, dentro del proceso penal seguido por Tatiana del Rosario Saavedra Valdivieso contra la recurrente y Carlos Rafael Prado Altamirano, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Confianza y Despojo, previstos y sancionados por los arts. 346 y 351 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 703/2016-RA de 19 de septiembre, se extrae
- La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación de manera indebida validó la errónea aplicación
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se admita su recurso de casación y se dicte Resolución concediendo la
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 703/2016-RA de 19 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Por Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, la Sala Penal Primera del
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis de caso concreto
- El referido precedente fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Despojo,
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en cuanto a la
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
