Por Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, la Sala Penal Primera del
Por Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por Nancy Patricia Altamirano Oropeza y confirmó la Sentencia, al concluir que la apelante no fundamenta de qué manera se hubiese quebrantado las reglas de la lógica en la labor de valoración bajo las reglas de la sana crítica por parte del Juez a quo; más al contrario, se advierte que los elementos del tipo y la responsabilidad penal fueron conforme al análisis y fundamentación realizada por el Juez de Sentencia, lo que permitió determinar la responsabilidad de uno de los tipos penales acusados (Despojo) y la absolución del otro delito acusado (Abuso de Confianza), observando una debida fundamentación y valoración de la prueba en el considerando V de la Sentencia; por lo que, declara sin mérito el fundamento relacionado a la errónea aplicación de la norma sustantiva
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 703/2016-RA de 19 de septiembre, se extrae
- La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación de manera indebida validó la errónea aplicación
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se admita su recurso de casación y se dicte Resolución concediendo la
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 703/2016-RA de 19 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Por Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, la Sala Penal Primera del
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis de caso concreto
- El referido precedente fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Despojo,
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en cuanto a la
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
