Auto Supremo AS/0133/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2017-RI

Fecha: 08-Feb-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


VISTOS: El recurso de casación de fs. 430 a 432, interpuesto por Marcelina Vallejos Flores contra el Auto de Vista No. 376/2016 de 24 de octubre, cursante de fs. 387 a 388 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial y Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre usucapión seguido por Antonia Choque contra Mario Rivas C. y otros, respuesta de fs. 436 a 443 vta., subsanada de fs. 446 a 454, el Auto de fs. 455 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 3/2016 de 18 de enero, cursante de fs. 325 a 327, que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Marcelina Vallejos Flores, fue resuelto por Auto de Vista Nº 376/2016 de 24 de octubre, cursante de fs. 387 a 388 vta., que confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada, con el argumento que, el inmueble objeto principal del presente proceso habría sido poseído por más de diez años por la demandante de forma pública, continua y pacífica, que en la Sentencia apelada existe coherencia entre lo demandado y lo sentenciado, ajustándose a las normas que regulan este tipo de proceso de conocimiento, toda vez que el mismo contendría decisiones expresas, positivas y precisa en cuanto a las pretensiones incoadas en la demanda, que además se habría cumplido con la forma que exige el art. 192 del Código de Procedimiento Civil; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Marcelina Vallejos Flores, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad