La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es asimilable a una demanda de puro derecho, lo que quiere decir que en el recurso debe identificarse en qué medida el Tribunal de apelación hubiera errado y como debe sanearse el yerro que se hubiera generado, de esa manera, se cumple con la exigencia con la referida norma descrita en el art. 274.I. num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Antonia Choque. c/ Mario Rivas C. y otros
- Proceso: Ordinario sobre usucapión
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Agrega que, Antonia Choque no habría detenido posesión por más de diez años, toda vez
- Asimismo señala que, se tenga presente que las normas legales son de orden público
- Finalmente solicita se suspenda el cumplimiento en tiempo y forma de la ejecución provisional para
- De la respuesta al recurso
- A su vez, se tiene la respuesta por parte de Claudia Gutiérrez Guzmán, con los
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III. ANÁLISIS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Asimismo, si la intención fuera por el juicio anulatorio, tampoco cita disposición legal
- Por ello, la recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos hechos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Asimismo, el recurso no cumple con lo normado en el art
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Por otro lado, en relación a que el Juez A quo al emitir la Sentencia
- Al respecto, corresponde precisar que conforme a una adecuada técnica procesal recursiva dentro de un
- Asimismo si la recurrente, suponía haberse omitido, “
- Finalmente, la recurrente de forma por demás incongruente e imprecisa a la conclusión de su
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
