Auto Supremo AS/0133/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2017-RI

Fecha: 08-Feb-2017

II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto


II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:

Después de hacer una relación de los antecedentes y haciendo constar que el Tribunal de alzada habría confirmado la Sentencia sin haber hecho una valoración correcta refiere que, en aplicación del art. 145-II y III del Código Procesal Civil, Antonia Choque en su condición de concubina habría ingresado en el predio con autorización de su padre, por lo que sería detentadora y no así detentadora, de donde resulta que el Juez A quo al emitir la Sentencia habría efectuado una interpretación muy ajustada en su términos a la expresión de la normativa legal, al no considerar la variante del derecho en los requisitos que diferencia, al detentador (que tiene tenencia por derecho de tercero y no posesión), al que tiene posesión (animus y corpus) por derecho propio de hecho, aspecto que estaría determinado en el art. 89 del Código Civil