II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Señala que la Ley faculta a pedir que se retire las construcciones realizadas, debido a que en el caso al no contar la construcción objeto de Litis con un plano debidamente aprobada por la Alcaldía Municipal y no cumplir con las normas técnicas este no produce ninguna mejora su terreno, y que tampoco podría otorgarse el reconocimiento de mejoras clandestinas cuando las mismas inobservaron las normas municipales contenidas en la Ley 2028 arts. 78, 83, 136 y 148 inc. 1) debido a que oportunamente se habría hecho conocer al demandante que había un desplazamiento de terrenos por la alcaldía haciendo caso omiso, por lo que no correspondería su pretensión, debido a la existencia de mala fe
Señala que la Ley faculta a pedir que se retire las construcciones realizadas, debido a que en el caso al no contar la construcción objeto de Litis con un plano debidamente aprobada por la Alcaldía Municipal y no cumplir con las normas técnicas este no produce ninguna mejora su terreno, y que tampoco podría otorgarse el reconocimiento de mejoras clandestinas cuando las mismas inobservaron las normas municipales contenidas en la Ley 2028 arts. 78, 83, 136 y 148 inc. 1) debido a que oportunamente se habría hecho conocer al demandante que había un desplazamiento de terrenos por la alcaldía haciendo caso omiso, por lo que no correspondería su pretensión, debido a la existencia de mala fe
- Partes: Elvio Beites Olarte c/ Gissele Denisse Navarro Urquieta
- Proceso: Reconocimiento de Mejoras
- Distrito: Tarija
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que por Auto de Vista de fecha de 29 de febrero de 2016 emitido por
- Resolución contra la cual Gissele Denisse Navarro Urquieta por medio de su representante interpuso recurso
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado en sus diversos fallos como
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Por otra parte la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
- III.2.- Del principio de razonabilidad
- En cuanto a la aplicación del referido principio, la SCP 0617/2015-S1 de fecha 15 de
- De la jurisprudencia extractada se puede advertir que a la luz del nuevo Modelo Constitucional,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme a lo orientado en el punto III
- Al margen de lo señalado, conforme han concluido los de instancia el ahora demandado a
- Y en cuanto al tema de la mala fe, porque se le hubiese comunicado
- Por lo expuesto, al no existir fundamentos que puedan modificar la decisión de fondo, corresponde
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
