Auto Supremo AS/0174/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2017

Fecha: 21-Feb-2017

Que por Auto de Vista de fecha de 29 de febrero de 2016 emitido por

Que por Auto de Vista de fecha de 29 de febrero de 2016 emitido por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia intrafamiliar Primera, CONFIRMA totalmente la Sentencia, bajo el fundamento que: “En el presente caso, conforme a lo analizado y revisado todos los antecedentes procesales se tiene acreditado los gastos realizados en material de construcción por la suma de $us. 3.800 y por mano de obra la suma de Bs. 8.000, por lo que corresponde que la parte demandada proceda a reembolsar estas sumas de dinero a la parte demandante, toda vez que fueron los demandados quienes se quedaron en posesión del bien, más las construcción realizadas por el demandante, y con relación a que hubiere sido declarado clandestina la construcción este tema escapa de la responsabilidad de los demandantes debido a que de por medio hubo un proceso de reivindicación donde los ahora demandados fueron los victoriosos y lograron el desalojo de los ahora demandantes, pero no consta que estos hubieren pedido que sea demolida la construcción, y mucho más si los demandados vendieron el inmueble en litis, más la construcciones a favor de una tercer persona”