Auto Supremo AS/0148/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

3) El Tribunal de alzada respecto a que la Sentencia es contradictoria e insuficiente conforme


2) El recurrente se refiere a la valoración defectuosa de la prueba [art. 370 inc. 6) del CPP] alegando que, el Tribunal revalorizó la prueba introducida al juicio, al señalar “supuestamente que en la misma estructura conlleva una fundamentación probatoria descriptiva etc.” (sic.), es así que los Vocales al reiterar y revalorizar las declaraciones de los testigos no mencionan en que tiempo y lugar ocurrieron los supuestos hechos, además de que realizó manifestaciones de oficio; por lo que, existe contradicción entre el Auto de Vista y los precedentes contradictorios, correspondiendo la nulidad de obrados.

3) El Tribunal de alzada respecto a que la Sentencia es contradictoria e insuficiente conforme establece el art. 370 inc. 5) del CPP, llega a la conclusión que todo lo realizado por el Juez A quo, está bien, pero sin pronunciarse sobre la insuficiente fundamentación que permita una descripción por separado de la supuesta comisión de cada uno de los delitos, pues no se puede permitir que con un solo acto se hayan cometido todos los delitos sin especificar mediante que pruebas, más aun si no se ha determinado cuando hubiese ocurrido el hecho y en qué lugar, situación que afecta el principio de legalidad; cita los Autos Supremos 225 de 6 de mayo de 2011; 353 de 20 de junio de 2011 y 100 de 24 de marzo de 2005