Actuación de los Vocales que demuestra contradicción con los precedentes contradictorios contenidos en los Autos
En el único motivo alega el recurrente, que el Auto de Vista impugnado obró fuera del límite de la competencia que le otorga el art. 398 del CPP, dado que ordenó la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio por otro Juez, por una supuesta falta de fundamentación y valoración de los elementos probatorios, como serían las atestaciones de cargo y descargo y tampoco se consideró la prueba extraordinaria de descargo presentada, lo que implicaría inobservancia de lo establecido por el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril.
Actuación de los Vocales que demuestra contradicción con los precedentes contradictorios contenidos en los Autos Supremos 219/2013 de 30 de julio, 534 de 16 de octubre de 2011, 123/2013 de 29 de abril, 423/2013 de 13 de septiembre y 103/2013 de 10 de abril, cuya doctrina legal aplicable, estaría referida a la obligación de circunscribir la resolución de alzada a los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida y que dicho fallo además debe enmarcarse en lo previsto por el art. 413 del CPP, en cuanto a las facultades que le otorga esa norma, para anular total o parcialmente la Sentencia y ordenar la reposición del juicio. Contradicción denunciada por las siguientes razones: a) En ninguna parte del recurso de apelación restringida se solicitó la anulación total de la Sentencia y menos la realización de un nuevo juicio de reenvío, por tanto, el haberlo hecho demuestra que dichas autoridades obraron fuera del límite de la competencia que demarca el art. 398 del CPP; y, b) Con relación al delito de Injuria, tampoco se reclamó errónea valoración de la prueba testifical y literal, sólo se observó la conducta del juzgador y otros aspectos irrelevantes; por lo tanto, no correspondía anular la Sentencia por un aspecto nunca denunciado
- Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 8 de noviembre de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo
- Con esos antecedentes, respecto a lo determinado en el Auto de Vista señala que: a)
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Actuación de los Vocales que demuestra contradicción con los precedentes contradictorios contenidos en los Autos
- Argumentos suficientes para viabilizar la admisión del motivo alegado; puesto que, detalla expresamente cuáles son
- Respecto a la invocación del Auto Supremo 534 de 16 de octubre de 2011, no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
