Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Wilfredo Queteguari Camaconi de fs. 64 a 65 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilfredo Queteguari Camaconi, interpuso recursos de apelación restringida
- c) Por diligencia de 10 de noviembre de 2016 (fs
- 1) El recurrente aduce el elemento probatorio incorporado y valorado por el Tribunal de Sentencia,
- 2) El recurrente sobre su denuncia de inexistencia de fundamentación de la Sentencia o que
- Agrega, que le Auto de Vista recurrido, no fundamentó jurídicamente, habiéndose expresado de forma vaga
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al primer motivo, el recurrente alega que el cuestionamiento efectuado sobre la incorporación
- Respecto al segundo motivo, el recurrente argumenta que el Auto de Vista recurrido, no resolvió
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
