Sobre el principio del “per saltum”
III.1.1.1. En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:
En este acápite corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
III.1.2.1. Doctrina aplicable al caso.
En mérito a la resolución a dictarse corresponde desarrollar la doctrina aplicable al caso:
Sobre el principio del “per saltum”:
Este Supremo Tribunal de Justicia a orientado sobre el tema en el Auto Supremo Nº 375/2014 de 11 de julio, en relación al principio del “per saltum”, ha razonado: “Ahora, el recurrente nos trae a casación aspectos que no fueron objeto de apelación, acusa la falta de exhaustividad y de congruencia de la sentencia, menciona que el Auto de Vista se limitó al recurso de apelación sin efectuar de oficio la revisión de obrados que a criterio del recurrente existiría vicios procedimentales que generarían nulidad de obrados, por otro lado, trae a consideración aspectos de fondo que no fueron analizados por el Ad quem
En este acápite corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
III.1.2.1. Doctrina aplicable al caso.
En mérito a la resolución a dictarse corresponde desarrollar la doctrina aplicable al caso:
Sobre el principio del “per saltum”:
Este Supremo Tribunal de Justicia a orientado sobre el tema en el Auto Supremo Nº 375/2014 de 11 de julio, en relación al principio del “per saltum”, ha razonado: “Ahora, el recurrente nos trae a casación aspectos que no fueron objeto de apelación, acusa la falta de exhaustividad y de congruencia de la sentencia, menciona que el Auto de Vista se limitó al recurso de apelación sin efectuar de oficio la revisión de obrados que a criterio del recurrente existiría vicios procedimentales que generarían nulidad de obrados, por otro lado, trae a consideración aspectos de fondo que no fueron analizados por el Ad quem
- Partes: Félix Mario Hinojosa. c/ José Víctor López y Teresa Gutiérrez Vaca
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- III
- Peticionando dicte Resolución casando los Autos de Vista recurridos y disponga que el Tribunal de
- Sobre el principio del “per saltum”
- Argumentos que ciertamente, no merecieron pronunciamiento alguno en segunda instancia, motivo por el cual los
- Sobre las causales y requisitos de procedencia del recurso de casación
- De manera introductoria corresponde señalar que el art
- II
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- a) Conforme se ha desarrollado en la doctrina aplicable, corresponde señalar que del análisis de
- b) Por otro lado, la recurrente también atribuye la inobservancia de la apreciación de la
- En ese contexto, cabe indicar que los Tribunales de instancia, son libres en la apreciación
- Asimismo, en su petitorio final de manera incoherente solicita se dicte Resolución casando los Autos
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
