Auto Supremo AS/0050/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2017

Fecha: 06-Abr-2017

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida por


POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida por el numeral 8 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio pronunciada por la Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia No 8 de Santa Cruz de Tenerife-España, el 17 de marzo de 2015, disponiéndose su cumplimiento por el Juez Público en Materia Familiar de Turno de la ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la partida de matrimonio que fue inscrita en la Oficialía de Registro Civil No 20101021, Libro No 5, Partida No 80, Folio No 80 del Departamento de La Paz, Provincia Murillo, Localidad Nuestra Señora de La Paz inscrita el 15 de junio de 2013, a tal efecto por Secretaría de Sala Plena líbrese Provisión Ejecutoria