Consiguientemente, contra las resoluciones que resuelvan dichos procesos, únicamente procede el recurso de casación, conforme
Consiguientemente, contra las resoluciones que resuelvan dichos procesos, únicamente procede el recurso de casación, conforme lo establece el art. 5.I.1 de la Ley Nº 620, no existiendo por tanto recurso de apelación para este tipo de procesos, norma que constituye en el caso de autos de aplicación preferente, por disposición del art. 15. I de la Ley N° 025 del Órgano Judicial
- Auto Supremo Nº 056/2017
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA.125/2017
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I
- El recurrente, después de hacer referencia a los antecedentes del hecho, alega que la Sala
- Arguye que las causales de la compulsa están limitadas a dos supuestos señalados en el
- Con estos argumentos solicitó a éste Tribunal Supremo que declare legal el recurso de compulsa
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso de compulsa, procede en los casos de negativa indebida del
- De la revisión de obrados se colige
- b) Mediante Auto Interlocutorio Nº 23-C/2017 de 15 de febrero de 2017 (fs
- d) Contra el mencionado Auto Interlocutorio Nº 23-C/2017 de 15 de febrero de 2017, la
- e) El demandado, subsanando la acreditación de su personería, interpuso Recurso de Apelación (fs
- La Sala Plena del Tribunal Supremo, mediante Circular Nº 2/2016 de 29 de febrero, con
- Al respecto, la jurisprudencia emanada por este Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto
- Consiguientemente, contra las resoluciones que resuelvan dichos procesos, únicamente procede el recurso de casación, conforme
- En situaciones en que se planteen, como ocurrió en la especie, los recursos de reposición
- Por lo anterior, no procede el recurso de compulsa que fue planteado y remitido a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y remítase.
