Auto Supremo AS/0139/2017-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2017-I

Fecha: 17-Abr-2017

En ese entendido el recurrente debía explicar la indefensión que se le hubiese ocasionado, explicando

En este punto, el recurrente no ha expresado cuáles serían los motivos por los que acude en casación en la forma, en el entendido que debía expresar la indefensión ocasionada por no abrirse el termino de prueba en segunda instancia, en especial cuando en el expediente se verifica que como empresa demandada no aporto elementos de prueba, debiendo tenerse en cuenta los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT; recordándose, que en materia laboral rige el principio de “inversión de la prueba” correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador. En este contexto, en el caso objeto de análisis, se advierte que la parte demandada no presentó prueba, por el contrario la parte actora, por su propio interés, ofreció pruebas que coadyuvaron en el esclarecimiento de los hechos.
En ese entendido el recurrente debía explicar la indefensión que se le hubiese ocasionado, explicando a su vez el por qué no presentó pruebas en el momento procesal respectivo, tratando de esta manera de fundamentar su recurso de casación en la forma; además, se debe recordar, que el recurso de casación no puede ser empleado para suplir la negligencia o dejadez de las partes procesales. Consecuentemente la empresa recurrente no ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos en el art. 270 y siguientes del Código Procesal Civil