Auto Supremo AS/0139/2017-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2017-I

Fecha: 17-Abr-2017

También se debe considerar que la empresa demandada, no presentó pruebas en el proceso y

Respecto al instituto de la conciliación, la misma fue agotada ante el Ministerio de Trabajo, al margen que el recurrente durante el desarrollo del proceso tampoco intentó llegar a un acuerdo.
También se debe considerar que la empresa demandada, no presentó pruebas en el proceso y en su oportunidad tampoco realizó observaciones u objeciones a las pruebas aportadas; por tanto, en casación no se puede hacer apreciaciones de las pruebas siendo que su derecho esta precluido al igual que su pretensión de conciliación