Auto Supremo AS/0341/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2017

Fecha: 03-Abr-2017

VISTOS: El recurso de casación de fs

VISTOS: El recurso de casación de fs. 142 a 145, interpuesto por Víctor Hugo Arispe Cardozo contra el Auto de Vista Nº 182/2016 de 17 de junio cursante de fs. 137 a 140, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de Acción reivindicatoria seguido por Clara Alicia Ricarda Veisaga contra Víctor Hugo Arispe Cardozo, la contestación de fs. 148 y vta., la concesión de fs. 150, el Auto Supremo de admisión de fs. 155 a 156, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- El Juez Público Noveno en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 057/2016 de 20 de abril cursante de fs. 106 a 109 vta., declarando Probada en parte la demanda de fs. 14 a 15 de obrados, formulada por la Clara Alicia Ricarda Veisaga, únicamente en cuanto al derecho de reivindicar el bien inmueble de su propiedad; e Improbada en cuanto al resarcimiento de los daños y perjuicios pretendidos, con costas en favor de la actora, en consecuencia se dispone que en ejecución del presente fallo se cumpla con las siguientes medidas jurisdiccionales: 1.- La notificación y emplazamiento personal de Víctor Hugo Arispe Cardozo, a objeto de que en el plazo perentorio de 20 días computables a partir de su legal notificación, proceda a la entrega y restitución del bien inmueble ubicado en la calle Salustio Zelaya N° 4 entre calles “C” y “D” de la zona noreste de la ciudad de Oruro, en inmediaciones del mercado Kantuta a su legítima propietaria Clara Alicia Ricarda Veisaga, bajo alternativa de expedirse mandamiento de desapoderamiento en caso de incumplimiento, sin lugar al resarcimiento de daños y perjuicios causados a la actora