Auto Supremo AS/0386/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2017-RI

Fecha: 12-Abr-2017

En el caso de autos, se tiene que Auto de Vista 61/2017 de 14 de

En el caso de autos, se tiene que Auto de Vista 61/2017 de 14 de febrero de 2017, cursante de fs. 2942 a 2944, fue dictada en vigencia plena de la Ley Nº 439 y que el mismo deviene como consecuencia de un recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia que declaro probada la demanda de concurso necesario de acreedores, Resolución que da origen al presente recurso de casación que es una dictada en un proceso concursal, proceso que por su naturaleza misma tiene sus propias normas de tramitación, que lo diferencia del proceso de conocimiento, y remitiéndonos a lo citado en la doctrina aplicable en los puntos II.1.2, II.1.3 y II.1.4, el presente recurso de casación resulta inviable, conforme orienta el 438.V del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), que refiere: “La resolución que rechazare la oposición al concurso será apelable en efecto devolutivo, en tanto la que declare probada, en el suspensivo, en ambos casos, sin recurso ulterior”, desglosado en el punto II.1.4, es decir que el fallo es apelable sin recurso ulterior, la misma por expresa determinación de la norma no admite recurso de casación, resultando insustanciales las alegaciones impetradas en el presente recurso