En el caso en cuestión, el recurrente Esteban Ckuno Chirari en su escrito de impugnación
En el caso en cuestión, el recurrente Esteban Ckuno Chirari en su escrito de impugnación refiere interponer recurso de casación en contra el Auto de Vista Nº 97/2017 de 09 de marzo de 2017 cursante de fs. 81 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, realizando cuestionamientos de fondo asumidos en la causa, y concluye peticionando “la nulidad de obrados y/o casar el Auto de Vista recurrido”
- Partes: Julián Rojas Flores c/ Esteban Ckuno Chirari
- En este acápite corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
- II
- En relación a lo anterior, es también preciso señalar que la Ley Nº 439 del
- II.2.1.2.- Causales y Requisitos de Procedencia del Recurso de Casación
- III
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- III. Fundamentos de la Resolución
- Respecto a la recurribilidad de la Resolución impugnada es preciso señalar los siguientes aspectos
- En el caso en cuestión, el recurrente Esteban Ckuno Chirari en su escrito de impugnación
- Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 97/2017 de 09 de marzo,
- De lo analizado precedentemente se infiere que el recurrente no ha comprendido la naturaleza de
- En esa confusión, el ahora recurrente no vincula su denuncia a las causales de casación
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se regula honorarios profesionales del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
