Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 97/2017 de 09 de marzo,
Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 97/2017 de 09 de marzo, en su parte decisoria ha concretado la inadmisibilidad del recurso de apelación por falta de expresión de agravios, es decir, que el Ad quem al realizar el examen del recurso de apelación ha concluido por la inadmisibilidad del recurso por falta de expresión de agravios, lógicamente se entiende que no ha ingresado a considerar la decisión de fondo asumido por el A quo en Sentencia, en ese antecedente correspondía a la parte ahora recurrente cuestionar en la forma los fundamentos y la determinación asumida en el Auto de Vista, conforme se hubo desarrollado en la doctrina aplicable en los puntos II.2.1.1. y II.2.1.2., de la presente Resolución y relacionar su denuncia al error in procedendo, concretando su petitorio en la nulidad de la Resolución de Vista, lo que no aconteció en la especie
- Partes: Julián Rojas Flores c/ Esteban Ckuno Chirari
- En este acápite corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
- II
- En relación a lo anterior, es también preciso señalar que la Ley Nº 439 del
- II.2.1.2.- Causales y Requisitos de Procedencia del Recurso de Casación
- III
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- III. Fundamentos de la Resolución
- Respecto a la recurribilidad de la Resolución impugnada es preciso señalar los siguientes aspectos
- En el caso en cuestión, el recurrente Esteban Ckuno Chirari en su escrito de impugnación
- Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 97/2017 de 09 de marzo,
- De lo analizado precedentemente se infiere que el recurrente no ha comprendido la naturaleza de
- En esa confusión, el ahora recurrente no vincula su denuncia a las causales de casación
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se regula honorarios profesionales del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
