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2.- Refiere que existió violación de los arts. 309 y 311 del Código de Procedimiento Civil, al no haberse iniciado dentro del año siguiente de la perención que fuera viciado de nulidad lo emitido luego
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Margoth Daza García por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, el Juez Catorceavo de Partido en lo Civil y Comercial
- La no evidencia de los agravios, la correcta aplicación del A quo, desvirtuando las acusaciones
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- Lo anterior fuera prueba para demostrar la violación de la norma, al no invalidar la
- Por lo anterior pide se le conceda el recurso de casación o nulidad a fin
- Refiere las características de un recurso de casación, reclama porque fuera otra persona quien se
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en
- Respecto a la verdad material
- Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis Doctrinal del Nuevo Código de Procedimiento Civil”, abordando
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Al margen de lo anterior de manera estricta en la tramitación del proceso, tal como
- Asimismo el petitorio resulta defectuoso, pues no se sabe a ciencia cierta si pretende la
- No obstante las deficiencias advertidas, habiéndose otorgado respuesta puntual a su reclamo en función a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
