Auto Supremo AS/0342/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2017-RA

Fecha: 19-May-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 19/2013 de 2 de diciembre (fs. 1549 a 1572), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a: Adrián Polloqueri Rosa, Roberto Cuellar y Janss Junior Calle Juárez, autores y culpables de la comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas y Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) y 53 de la Ley 1008, imponiendo a cada uno la pena de diez años de presidio, más el pago de quinientos días multa a razón de Bs. 2.- por día, más el pago de costas a calificarse en ejecución de sentencia; asimismo, absolvió a Carmen Quispe Choquecahua de los delitos endilgados en su contra; por otra parte, en aplicación del art. 260 parágrafo primero del Código de Procedimiento Penal (CPP), dispuso la confiscación definitiva de todos los bienes incautados legalmente.

b)Contra la referida Sentencia, los imputados Adrián Polloqueri Rosa (fs. 1589 a 1590 vta.), Roberto Cuellar (fs. 1592 a 1593 vta.) y Janss Junior Calle Juárez (fs. 1595 a 1598), a su turno formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 23 de 6 de junio de 2014, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada