Por memorial presentado el 29 de mayo de mayo de 2017, Juan Carlos Zambrana Daza,
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 403/2017
Sucre, 30 de mayo de 2017
Expediente : Chuquisaca 41/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Luis Jaime Barrón Poveda y otros
Delito : Sedición y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de mayo de mayo de 2017, Juan Carlos Zambrana Daza, solicita Explicación y Enmienda del Auto Supremo 335/2017 de 3 de mayo, que declaró infundada la Excepción de Extinción de la Acción Penal por Prescripción
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 403/2017
Sucre, 30 de mayo de 2017
Expediente : Chuquisaca 41/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Luis Jaime Barrón Poveda y otros
Delito : Sedición y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de mayo de mayo de 2017, Juan Carlos Zambrana Daza, solicita Explicación y Enmienda del Auto Supremo 335/2017 de 3 de mayo, que declaró infundada la Excepción de Extinción de la Acción Penal por Prescripción
- Por memorial presentado el 29 de mayo de mayo de 2017, Juan Carlos Zambrana Daza,
- El impetrante argumenta lo siguiente
- b)Se explique cuál la prueba material y objetiva que demuestra que su persona realizó un
- c)Cuál la norma que faculta poder calificar delitos comunes como delitos de lesa humanidad
- d)Se complemente con mayor detalle cuáles y cuántos son aquellos delitos comunes que tienen la
- De lo anterior, se establece que la normativa procesal penal, reconoce a las partes la
- Por otra parte, el párrafo segundo del precitado artículo, establece como plazo para la presentación
- Con la anterior precisión, de obrados se establece que el Auto Supremo 335/2017 de 3
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en observación del segundo párrafo del art
- Regístrese y hágase conocer
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
