Auto Supremo AS/0441/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2017

Fecha: 02-May-2017

Sin embargo posteriormente es cuestionado el valor del inmueble objeto de litigio, mismo que

Sin embargo posteriormente es cuestionado el valor del inmueble objeto de litigio, mismo que habría sobre pasado el valor de Bs. 80.000.-, y que a criterio del recurrente tendría costo de $us. 200.000 por lo que la Juez A quo habría actuado sin competencia en razón de la cuantía, toda vez que la acción debió ser de conocimiento de un Juez de Partido en razón de la cuantía. Al respecto corresponde señalar que conforme se desarrolló en el punto III.1 de la doctrina aplicable, donde se tiene claramente establecido que “no hay nulidad sin perjuicio”, es decir; que no puede alegarse nulidad cuando la parte no haya sufrido gravamen de ninguna naturaleza, siendo aplicable la decisión de nulidad de los actos procesales solo cuando dicha decisión asegure a las partes del proceso los derechos al debido proceso o a la tutela judicial efectiva, caso contrario de no ser garantizados esos derechos, la invalidación del acto procesal en cuestión a través de una nulidad procesal no tendría relevancia constitucional