I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación a fs. 208 y vta., interpuesto por Reynaldo y Héctor Guillermo Nieves Vallejos contra el Auto de Vista s/n de 05 de enero de 2015 que cursa de fs. 204 a 206 vta., pronunciado por el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Primero de Bermejo -Tarija, dentro del proceso de declaración de unión conyugal libre o de hecho, seguido a instancias de Águeda Vallejos Heredia, en contra de Reynaldo Nieves Vallejos y otros, la concesión de fs. 213, los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Instrucción Mixto y Cautelar Segundo de Bermejo, pronuncia la Sentencia s/n de 18 de junio de 2014 que cursa de fs. 183 a 185, que declara con lugar la demanda de fs. 12 a 14, subsanada a fs. 20 a 24, declarando por reconocida la unión libre o de hecho sostenida entre Águeda Vallejos Heredia y Néstor Nieves Nieves desde el 5 de junio de 1962 hasta el 03 de junio de 2011, con los efectos personales y patrimoniales que la ley señala
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Instrucción Mixto y Cautelar Segundo de Bermejo, pronuncia la Sentencia s/n de 18 de junio de 2014 que cursa de fs. 183 a 185, que declara con lugar la demanda de fs. 12 a 14, subsanada a fs. 20 a 24, declarando por reconocida la unión libre o de hecho sostenida entre Águeda Vallejos Heredia y Néstor Nieves Nieves desde el 5 de junio de 1962 hasta el 03 de junio de 2011, con los efectos personales y patrimoniales que la ley señala
- Expediente: T–31–16– S
- Distrito: Tarija
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia se dicta el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo manifestado, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Dr. Rómulo Calle Mamani.
