Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente se evidencia que carece de agravios, siendo que la misma se limita en citar ciertos medios de prueba o citas legales, empero no existe una fundamentación concreta, limitándose como se dijo a efectuar apreciaciones subjetivas que no se equiparan a una real y verdadera fundamentación de agravio, puesto que al invocar el derecho, debió de fundamentarlo, en cumplimiento a la previsión exigida por el art. 227 del Código de Procedimiento Civil, al margen la parte recurrente no expone que agravios existía en su recurso de apelación, lo cual también genera que sea una alusión subjetiva”
- Proceso: Anulabilidad de documento
- Distrito: Cochabamba
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandante, recurso que
- Resolución contra la cual, Sebastián Loayza Vargas interpone recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Sobre el tema este Tribunal en el AS Nº 537/2015 – L de fecha 13
- En el mismo sentido el Auto Supremo: 877/2015 - L de 2 de Octubre
- Por otro lado, si bien se planteó recurso de casación en la forma, el análisis
- A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 599/2015 – L de: 29 de Julio 2015
- Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular conforme a lo esgrimido en la doctrina aplicable la expresión de agravios,
- Partiendo de ese entendimiento, el Tribunal de apelación basó su decisión en que el recurso
- Empero al margen de ello, este Tribunal dentro de un marco amplio ha realizado un
- Por los fundamentos expuestos corresponde dictar Resolución conforme determina el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
