I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 180 a 182, interpuesto por Sebastián Loayza Vargas, contra del Auto de Vista de 30 de noviembre de 2015, que cursa de fs. 178 y vta., pronunciado por el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso anulabilidad de documento seguido por Sebastián Loayza Vargas contra Aida Castellón Correa, la remisión de fs. 193, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Instrucción Civil Segundo de la ciudad de Quillacollo del departamento de Cochabamba, dicta Sentencia Nº 70/2012 de fecha 20 de noviembre 2012 de fs. 154 a 158, por la que declara: “IMPROBADA la demanda de fojas 19; e IMPROBADAS la excepciones perentorias formuladas por la demandada”
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Instrucción Civil Segundo de la ciudad de Quillacollo del departamento de Cochabamba, dicta Sentencia Nº 70/2012 de fecha 20 de noviembre 2012 de fs. 154 a 158, por la que declara: “IMPROBADA la demanda de fojas 19; e IMPROBADAS la excepciones perentorias formuladas por la demandada”
- Proceso: Anulabilidad de documento
- Distrito: Cochabamba
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandante, recurso que
- Resolución contra la cual, Sebastián Loayza Vargas interpone recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Sobre el tema este Tribunal en el AS Nº 537/2015 – L de fecha 13
- En el mismo sentido el Auto Supremo: 877/2015 - L de 2 de Octubre
- Por otro lado, si bien se planteó recurso de casación en la forma, el análisis
- A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 599/2015 – L de: 29 de Julio 2015
- Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular conforme a lo esgrimido en la doctrina aplicable la expresión de agravios,
- Partiendo de ese entendimiento, el Tribunal de apelación basó su decisión en que el recurso
- Empero al margen de ello, este Tribunal dentro de un marco amplio ha realizado un
- Por los fundamentos expuestos corresponde dictar Resolución conforme determina el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
