III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
Alude que el Auto de Vista no ha cumplido con lo determinado por el art. 236 y 227 del Código de Procedimiento Civil, ya que el recurso de apelación cursante de fs. 162 a 164 de manera fehaciente e inequívoca se establece que el recurso cumple a cabalidad con los con los arts. 219 y 227 ambos del CPC.
Acusa vulneración del art. 254 inc. 4) del CPC porque el Auto de Vista ha infringido el art. 236 del CPC.
Contestación al recurso de casación.
No existe respuesta al recurso de casación.
III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE:
De la citación expresa de agravios
Acusa vulneración del art. 254 inc. 4) del CPC porque el Auto de Vista ha infringido el art. 236 del CPC.
Contestación al recurso de casación.
No existe respuesta al recurso de casación.
III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE:
De la citación expresa de agravios
- Proceso: Anulabilidad de documento
- Distrito: Cochabamba
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandante, recurso que
- Resolución contra la cual, Sebastián Loayza Vargas interpone recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Sobre el tema este Tribunal en el AS Nº 537/2015 – L de fecha 13
- En el mismo sentido el Auto Supremo: 877/2015 - L de 2 de Octubre
- Por otro lado, si bien se planteó recurso de casación en la forma, el análisis
- A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 599/2015 – L de: 29 de Julio 2015
- Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular conforme a lo esgrimido en la doctrina aplicable la expresión de agravios,
- Partiendo de ese entendimiento, el Tribunal de apelación basó su decisión en que el recurso
- Empero al margen de ello, este Tribunal dentro de un marco amplio ha realizado un
- Por los fundamentos expuestos corresponde dictar Resolución conforme determina el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
