Auto Supremo AS/0500/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2017

Fecha: 15-May-2017

De su primer punto, se puede advertir tres reclamos, el primero inherente a que no

De su primer punto, se puede advertir tres reclamos, el primero inherente a que no se habría realizado una debida valoración de las pruebas, el segundo que simplemente se habría analizado el derecho propietario del demandante y por último que no se habría realizado un análisis del proceso para establecer si ha existido causales de nulidad procesal, por cuanto existiendo esta gama de reclamos en su primer punto, a los efectos de una argumentación jurídica clara, corresponde absolver cada uno de ellos