Auto Supremo AS/0134/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Haciendo notar que no es posible que la carga de la prueba no incumba en

Haciendo notar que no es posible que la carga de la prueba no incumba en absoluto a la demandante, pues pudo justificar su extorsiva demanda, sin embargo resulta un exceso de los juzgadores pensar que no deba ofrecer prueba alguna y pese a eso convalidar la irracional demanda