Auto Supremo AS/0430/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2017-RA

Fecha: 09-Jun-2017

Con relación al primer motivo, los recurrentes señalan que con relación al análisis del Auto


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista impugnado el 13 de marzo de 2017, planteando su recurso el 20 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP; por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.

Con relación al primer motivo, los recurrentes señalan que con relación al análisis del Auto de Vista respecto del defecto comprendido en el art. 370 inc. 5) del CPP señaló, que el Auto Supremo 38/2013 no contiene un hecho factico similar al tratarse del delito de Estafa y no del delito de Estelionato que es el delito que se observa; sin dar mayor explicación con relación al referido precedente con relación al fundamentación referente a la fijación de la pena, de donde se debe tener en cuenta que dicho precedente no precisamente se refiere a los elementos constitutivos del tipo penal si no que es referido a la fundamentación respecto del quantum de la pena