Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 80/2005 de 24 de mayo, 290/2005
Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 80/2005 de 24 de mayo, 290/2005 y 226/2005, la Sentencia Constitucional 101/2004 de 14 de septiembre, 1330/2003-R, 228/2002-R, 338/2003-R, 474/2003-R, 840/2003-R, 1055/2003-R, 1068/2003-R, 0753/2003-R, 0207/2004-R y 582/2005-R
- Por memorial presentado el 29 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 21 de marzo de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 80/2005 de 24 de mayo, 290/2005
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos supremos 4/2002 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme consta a fs
- Consiguientemente, no corresponde que este Tribunal abra su competencia para conocer el fondo del mismo,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
