La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Ana Benita Magne Laruta, cursante de fs. 794 a 801 vta.; únicamente para el análisis de fondo del tercer motivo; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del referido artículo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 12 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Verónica Varinia Vásquez Aguilera formuló recurso de apelación
- c)Por diligencia de 6 de enero de 2017 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otra parte, aduce violación a los arts
- 3)Bajo el acápite “VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 413 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL” (sic), manifiesta que
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, respecto a los motivos primero y segundo, en los que denuncia que el
- En cuanto a la invocación del Auto Supremo 342/2013 no será considerado en el análisis
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
