Por memorial presentado el 12 de enero de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 491/2017-RA
Sucre, 30 de junio de 2017
Expediente: La Paz 29/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ana Benita Magne Laruta
Delitos : Falsificación de Documento Privado y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de enero de 2017, cursante de fs. 794 a 801 vta., Ana Benita Magne Laruta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 104/2016 de 12 de octubre, de fs. 783 a 786, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y Verónica Varinia Vásquez Aguilera contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 200 y 203 del Código Penal (CP); respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 491/2017-RA
Sucre, 30 de junio de 2017
Expediente: La Paz 29/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ana Benita Magne Laruta
Delitos : Falsificación de Documento Privado y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de enero de 2017, cursante de fs. 794 a 801 vta., Ana Benita Magne Laruta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 104/2016 de 12 de octubre, de fs. 783 a 786, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y Verónica Varinia Vásquez Aguilera contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 200 y 203 del Código Penal (CP); respectivamente
- Por memorial presentado el 12 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Verónica Varinia Vásquez Aguilera formuló recurso de apelación
- c)Por diligencia de 6 de enero de 2017 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otra parte, aduce violación a los arts
- 3)Bajo el acápite “VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 413 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL” (sic), manifiesta que
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, respecto a los motivos primero y segundo, en los que denuncia que el
- En cuanto a la invocación del Auto Supremo 342/2013 no será considerado en el análisis
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
