Auto Supremo AS/0642/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Acusa errónea interpretación del art

Asimismo señala la existencia de emisión ultra petita por parte del Juez de la causa ya que, no se resolvió la extremo de la cancelación de partida de Derechos Reales solicitada por su conferente, pero de forma ultra petita se otorgó la nulidad de su registro cuando nunca se demandó reconvencionalmente la nulidad de sus títulos o la cancelación de su matricula
Fondo.-
Acusa errónea interpretación del art. 1319 del CC, puesto que no operaria la cosa juzgada en aplicación del principio de verdad material, ya que, en el proceso de usucapión su conferente no fue demandado ni participio de proceso, y recién se enteró el año 2012 en ejecución de sentencia simplemente formulo un incidente de nulidad de obrados, lo que no significa que sea parte del proceso, y la cosa demandada no era la misma, ya que, la causa en ese proceso era la usucapión en el presente proceso es el fraude procesal de esa causa, demostrándose que no se daban las condiciones para determinar la cosa juzgada