Auto Supremo AS/0188/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2017

Fecha: 17-Jul-2017

Agrega que, conforme a la literal de fs


Agrega que, conforme a la literal de fs. 16, el trabajo del demandante fue desde el 3 de agosto de 2011 hasta el 31 de octubre del mismo año y que el 12 de noviembre, luego de practicada la conciliación, cobró sus salarios y que, en ese marco, el primer periodo laboral tuvo una duración de 2 meses y 27 días, no correspondiéndole ningún derecho, por habérsele cancelado sus salarios correctamente