Auto Supremo AS/0078/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2017

Fecha: 02-Ago-2017

Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507 parágrafo IV) del nuevo


Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507 parágrafo IV) del nuevo Código Procesal Civil, se ordena su cumplimiento al Juez Público en materia Familiar de Turno, de la ciudad de La Paz, para que en ejecución de sentencia proceda a la cancelación de la Partida Nº 35, folio Nº 35, del Libro Nº 2008 a cargo de la Oficialía del Registro Civil Nº DRCSMC, del Departamento de LA Paz, Provincia Murillo, Localidad Nuestra Señora de La Paz, con fecha de partida de 7 de octubre de 2008