Auto Supremo AS/0078/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2017

Fecha: 02-Ago-2017

En el caso de autos la jurisprudencia constitucional, no ha definido qué debe entenderse por

En el caso de autos la jurisprudencia constitucional, no ha definido qué debe entenderse por orden público, sin embargo, se deduce de la Sentencia Constitucional Nº 779/2005-R de 8 de julio de 2005, que el orden público son las libertades y garantías constitucionales fundamentales y que tienen un límite en la Ley (principio de reserva legal), en ese sentido, la Sentencia de Divorcio Litigioso, Autos Nº0008656-88.2013.822.0102, de fecha 18 de julio de 2014, Sentencia dictada por el Juzgado 3º de Familia y Sucesiones del Poder Judicial del Estado de Rondonia – Porto Velho, República Federativa del Brasil, seguido por Taina Brooks Torrez Bramini Zuñiga (nombre que figura en el mencionado documento de Taina Brooks Torrez Bramini) contra Henry Santos Flores Zuñiga, cursantes en obrados de Fs. 4 a 21, no contraviene las libertades, derechos y garantías fundamentales y tampoco infringe las prescripciones contenidas en el Código de las Familias