El SENASIR si valoro correctamente la prueba documental cursante en el trámite administrativo, habiendo corroborado
El SENASIR, mediante su representante, contra el Auto de Vista Nº 93/2016, por escrito de fs. 75 a 78, interpuso Recurso de Casación en el fondo, argumentando que:
El SENASIR si valoro correctamente la prueba documental cursante en el trámite administrativo, habiendo corroborado que el asegurado percibía un salario de $b 150.000.00, con una tasa de aportes del 8.5% de $b 4.961.99 a la Ex Caja Nacional de Seguridad Social y FONCOMÍN. Complementa la parte recurrente indicando: “ debemos aclarar que el Salario Cotizable Actualizado en el presente caso, resulta ser inferior al SMNV a la fecha del cálculo de la Compensación de Cotizaciones, resultando el monto de 58.376.35, …(…)…, estableciéndose de acuerdo al Salario Actualizado a la fecha de impresión del Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones-Procedimiento Manual. Producto de lo precedentemente referido se otorga el SMNV que en el presente caso es de Bs.1.440. a la fecha de 1º de mayo de 2014 y aplicando la formula respectiva para el Cálculo de Compensación de Cotizaciones”, da como resultado el monto de Bs.245.15
El SENASIR si valoro correctamente la prueba documental cursante en el trámite administrativo, habiendo corroborado que el asegurado percibía un salario de $b 150.000.00, con una tasa de aportes del 8.5% de $b 4.961.99 a la Ex Caja Nacional de Seguridad Social y FONCOMÍN. Complementa la parte recurrente indicando: “ debemos aclarar que el Salario Cotizable Actualizado en el presente caso, resulta ser inferior al SMNV a la fecha del cálculo de la Compensación de Cotizaciones, resultando el monto de 58.376.35, …(…)…, estableciéndose de acuerdo al Salario Actualizado a la fecha de impresión del Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones-Procedimiento Manual. Producto de lo precedentemente referido se otorga el SMNV que en el presente caso es de Bs.1.440. a la fecha de 1º de mayo de 2014 y aplicando la formula respectiva para el Cálculo de Compensación de Cotizaciones”, da como resultado el monto de Bs.245.15
- I.1. Resolución de la Comisión de Reclamación
- La Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, el 3 de febrero de 2015,
- Contra esta decisión, por escrito de fs
- I. 2. Recurso de Apelación y Auto de Vista
- Dentro el plazo previsto por Ley, contra la referida decisión asumida por la Comisión de
- La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió
- I.3. Motivos del Recurso de Casación en el fondo
- El SENASIR si valoro correctamente la prueba documental cursante en el trámite administrativo, habiendo corroborado
- Refiere que se dio estricto cumplimiento a la R
- En su petitorio, solicita que este Tribunal case el Auto de Vista Nº 93/2016 y
- 1
- -En el mismo informe refiere: “…Sin embargo los montos de descuentos de Ley ($b4
- -Con este fundamento y argumento, el SENASIR dispuso que el Salario Asignado para el Cálculo
- En virtud de estos argumentos y fundamentos, se acredita que el Tribunal de Alzada no
- Firmado
