Los referidos argumentos, si bien se circunscriben a cuestionar la forma de resolución del punto
Los referidos argumentos, si bien se circunscriben a cuestionar la forma de resolución del punto 2 de la apelación restringida, no son claros en cuanto al defecto que contendría el Auto de Vista recurrido, pues por un lado afirma que no resolvió los motivos de apelación restringida, lo que supone una ausencia total de pronunciamiento; por otro, expone los argumentos con los que en el Auto de Vista recurrido, se habría desestimado su motivo de apelación, los que considera contradictorios entre sí, lo que constituiría la existencia de un fundamento del Auto de Vista pero contradictorio internamente; y, por último, acusa que el Tribunal de alzada, habría omitido su función de ejercer el control de la valoración de la prueba realizada por el inferior; en consecuencia, no existe una exposición clara y precisa de la presunta contradicción de los fundamentos del Auto de Vista recurrido con relación a los precedente invocados, los que además, únicamente cita sin explicar mínimamente su aplicabilidad al caso, por lo que ante el evidente incumplimiento de la carga procesal asignada al recurrente de casación, este recurso resulta inadmisible
- Por memorial presentado el 4 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Continúa manifestando, en su apartado de “Contradicción e incongruencia argumentativa en conclusiones” (sic), que el
- El art
- uniformar jurisprudencia, resultando en el caso particular de las Salas Penales, que ante la interposición
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte, que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se observa que el recurrente denuncia, con total
- Los referidos argumentos, si bien se circunscriben a cuestionar la forma de resolución del punto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
