Auto Supremo AS/0587/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2017-RA

Fecha: 10-Ago-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 032/2016 de 29 de agosto (fs. 617 a 639 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Arminda Corina Herrera Gonzáles, absuelta de la comisión de los delitos de Uso Indebido de Influencias y Concusión, previstos y sancionados por los arts. 146 y 151 del CP, ya que la prueba aportada no fue suficiente para generar responsabilidad penal en la imputada.

b)Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs. 644 a 649 vta.) y Rubén Darío Bobarín Padilla en representación del Consejo Municipal de Sucre (fs. 691 a 701 y memorial de subsanación fs. 723 y vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 93/2017 de 8 de mayo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró inadmisible el recurso planteado por el Ministerio Público e improcedente el recurso presentado por el representante del Consejo Municipal de Sucre, manteniendo incólume la Sentencia confutada.

c)Por diligencia de 10 de mayo del 2017 (fs. 746), fue notificada la parte recurrente, con el referido Auto de Vista; y, el 16 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad