Auto Supremo AS/0587/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2017-RA

Fecha: 10-Ago-2017

En el primer motivo del recurso de apelación restringida, el recurrente a tiempo de denunciar


En el caso de autos, se establece que el 10 de mayo del 2017, fue notificado la parte recurrente, con el Auto de Vista impugnado; y, el 16 del mismo mes y año, interpuso su recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En el primer motivo del recurso de apelación restringida, el recurrente a tiempo de denunciar incongruencia omisiva, identificando qué puntos y aspectos de su recurso no habrían sido resueltos, cumplió con la carga procesal de invocar como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 26/2013 de 8 de febrero y 142/2013 de 28 de mayo, precisando que la contradicción radica en la falta de resolución de todos los motivos de apelación, lo cual conforme la doctrina legal sentada por los precedentes invocados sería obligación del Tribunal de apelación, implicando lo contrario incongruencia omisiva de la resolución impugnada; cumpliendo de esa manera con proveer los requisitos de admisibilidad previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, deviniendo en admisible el motivo de casación analizado