En el segundo motivo de casación, el recurrente se limitó a señalar que el Tribunal
En el segundo motivo de casación, el recurrente se limitó a señalar que el Tribunal de mérito no habría fundamentado el quantum de la pena impuesta, negándole a conocer las razones de la misma; argumento en el cual, se observa que es una impugnación directa a la Sentencia, es decir, que el recurrente no tomó en cuenta que por disposición del art. 416 del CPP, el recurso de casación es un medio extraordinario para impugnar Autos de Vista que resuelven recursos de apelación restringida, y no para impugnar de manera directa supuestos defectos de la Sentencia; en consecuencia, n ose advierte una clara y precisa explicación de la supuesta contradicción del Auto de Vista recurrido en confrontación con algún precedente contradictorio, como exige el art. 417 de la norma Adjetiva Penal, deviniendo en inadmisible también este motivo
- Por memorial presentado el 1 de junio del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Denuncia que el Tribunal de Sentencia no habría fundamentado el porqué del quantum de la
- judicial conforme lo determinan los arts
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo de
- Por otro lado, si bien es evidente que el recurrente alega la vulneración de derechos
- En el segundo motivo de casación, el recurrente se limitó a señalar que el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
