Consiguientemente se dirá que, de acuerdo a la revisión del cuaderno procesal, el Auto de
Consiguientemente se dirá que, de acuerdo a la revisión del cuaderno procesal, el Auto de Vista fue dictado en fecha 05 de abril de 2017, y el mismo fue pronunciado dentro de la vigencia del Código de las Familias y del Proceso Familiar, y que según el Capítulo Segundo referente a los proceso extraordinarios descritos en el art. 434, la presente causa se encuentra catalogado como proceso extraordinario y aplicable la disposición contenida en el art. 444 del mismo cuerpo legal, por lo que esta norma no permite que los fallos emitidos en procesos catalogados como extraordinarios puedan ser impugnados con recurso de casación
- Proceso: Reconocimiento de unión libre y otros
- Distrito: Santa Cruz
- III.1.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
- Ahora si bien la misma en doctrina resulta aplicable, empero, su aplicabilidad no es de
- Sobre el primer punto en lo que concierne en analizar desde el enfoque constitucional, debido
- Ahora en cuanto al segundo, es decir analizar si la norma de cual se pretende
- Y por último, la Ley derogatoria en ciertos casos es la que establece expresamente
- III.1.2.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- III.1.3.- De la improcedencia del recurso de casación
- El Auto Supremo: 256/2016 de 15 de marzo 2016 ha orientado en el sentido de
- VI. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En relación a la recurribilidad de la Resolución impugnada corresponde precisar los siguientes aspectos de
- VI
- Por otra parte, también es necesario aclarar y tener en cuenta que con la presente
- Consiguientemente se dirá que, de acuerdo a la revisión del cuaderno procesal, el Auto de
- En ese entendimiento, el Tribunal de apelación debió considerar la aplicación de las normas previstas
- VI.3.- Análisis del contenido del recurso de casación
- Al haber deducido que la Resolución impugnada es una Resolución no recurrible de casación, ya
- Por lo expuesto, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
