Auto Supremo AS/0806/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2017-RI

Fecha: 01-Ago-2017

El Auto Supremo: 256/2016 de 15 de marzo 2016 ha orientado en el sentido de

El Auto Supremo: 256/2016 de 15 de marzo 2016 ha orientado en el sentido de que: “… la vigencia del Nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, la Sentencia fue dictada en fecha 15 de diciembre de 2014, el Auto de Vista en fecha 27 de febrero de 2015, proceso que tiene por objeto el reconocimiento de una unión conyugal libre de hecho, que conforme a lo previsto en la ley Nº 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar en su Capitulo Segundo referente a los proceso extraordinarios, art. 434 inc. e). La presente causa se encuentra catalogado como proceso extraordinario y aplicable la disposición contenida en el art. 444 del mismo cuerpo legal que en la parte in fine dice: “Contra el Auto de Vista no procede recurso de casación.”, consiguientemente la norma descrita no permite que los fallos emitidos en procesos catalogados como extraordinarios puedan ser impugnados con recurso de casación”