En aplicación del art
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En aplicación del art. 106 del Código Procesal Civil desarrollado en la doctrina aplicable III.1, de la revisión de obrados se advierte:
En principio corresponde partir del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III.2, en sentido que el sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir, por ello el actor debe acompañar con la demanda la certificación o documentación que acredite ese aspecto, toda vez que es contra él -el actual propietario-, que se pretende operar el efecto extintivo de la usucapión, por eso es ineludible que el actor acredite, a tiempo de interponer la demanda de usucapión, que la persona contra quien se la dirige es quién figura como titular en el momento de promover la acción
En aplicación del art. 106 del Código Procesal Civil desarrollado en la doctrina aplicable III.1, de la revisión de obrados se advierte:
En principio corresponde partir del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III.2, en sentido que el sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir, por ello el actor debe acompañar con la demanda la certificación o documentación que acredite ese aspecto, toda vez que es contra él -el actual propietario-, que se pretende operar el efecto extintivo de la usucapión, por eso es ineludible que el actor acredite, a tiempo de interponer la demanda de usucapión, que la persona contra quien se la dirige es quién figura como titular en el momento de promover la acción
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 2
- Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha de 13 de abril de
- III
- Conforme consta en el acta de fs
- Resolución contra la cual, Abdon Quenta Quispe y Celia Salvador de Quenta interpuso recurso de
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que en apelación acuso violación del art
- Aduce que los demandante el 2012, presentaron en forma simultanea dos procesos judiciales, el primero
- Señala que el informe pericial determino que las firmas y rubricas estampadas no les corresponden
- Expresa que los de instancia no se ha pronunciado sobre la existencia de un derecho
- Refiere que el recurso de casación no cumple con la norma civil por cuanto el
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Conforme el art
- III.2.- De la legitimación pasiva (usucapión)
- Sobre la importancia de la legitimación pasiva en los procesos de usucapión este Tribunal a
- Requisito que corresponde no solo a las partes que litigan o al actor en particular,
- En aplicación del art
- En el sub lite, se advierte que la ahora demandante ha interpuesto su demandada de
- Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad para el Ad quem, por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
