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    Auto Supremo AS/0940/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0940/2017

    Fecha: 29-Ago-2017

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    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • El empleo del referido principio supone que el Juez es quien debe conocer el derecho
    • Es este mismo entendido este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado a través del Auto
    • En virtud del principio iura novit curia el propósito de los procesos es llegar a
    • III.2.- Del Principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En ese sentido, sobre el hecho de que el Auto de Vista sería incongruente por
    • Demanda que fue admitida mediante decreto de fecha 21 de agosto de 2012 (fs
    • Continuando con el análisis de los reclamos acusados en casación, corresponde remitirnos al hecho de
    • Bajo esas consideraciones, se concluye que los jueces de instancia, al no haber sido pretendido
    • Por lo expuesto, y toda vez que los reclamos acusados en casación no resultan evidentes,
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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