Auto Supremo AS/0940/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0940/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Bajo esas consideraciones, se concluye que los jueces de instancia, al no haber sido pretendido

Bajo esas consideraciones, se concluye que los jueces de instancia, al no haber sido pretendido por la parte demandada la adquisición de derecho propietario, pues no existe fundamento que este referido a lograr dicho fin ni al pago de mejoras, mal pueden pedir la aplicación del principio iura novit curia, pues dicho extremo lo único que lograría sería vulnerar el principio dispositivo, máxime cuando en el caso de autos no fue tramitada acción reconvencional alguna, como tampoco dichos extremos fueron considerados en el Auto de calificación del proceso, donde el Juez de la causa, precisamente en virtud a las pretensiones deducidas estableció los hechos a ser demostrados, en consecuencia este reclamo también deviene en infundado